La
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris),
informó que la NORMA Oficial Mexicana NOM-220-SSA1-2002, Instalación y operación de la farmacovigilancia. publicada en el DOF, establece los lineamientos para la instalación y
operación de la Farmacovigilancia en el territorio nacional.
La
Comisión detalla que este ordenamiento es de observancia obligatoria en el país
para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y local,
así como para las personas físicas o morales de los sectores social y privado,
que formen parte del Sistema Nacional de Salud, profesionales de la salud,
instituciones o establecimientos donde se realiza investigación para la salud,
así como para los titulares de los registros sanitarios o sus representantes
legales, distribuidores y comercializadores de medicamentos y vacunas.
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